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NEWSLETTER - 01/10/2019

RG (AFIP) 4597 – BO: 01/10/2019: Impuesto al Valor Agregado. Se implementa el “Libro de IVA Digital”

El “Libro de IVA Digital”, consiste en un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones, al que se accederá ingresando por medio del servicio denominado “Portal IVA” dentro de la web de la AFIP.

Se encuentran obligados a registrar las operaciones de esta manera los responsables inscriptos y los sujetos exentos en el impuesto al valor agregado.

En el servicio web, se pondrá a disposición la información de los comprobantes emitidos y recibidos que el contribuyente registre en las bases de datos de la AFIP y se habilitará la opción para que determinados contribuyentes puedan realizar una presentación simplificada de la declaración jurada del IVA.


RG (AFIP) 4588 – BO: 30/9/2019: IVA. Régimen de percepción aplicable a las operaciones de ventas de carnes y subproductos comestibles derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas

La AFIP establece hasta el 31/12/2019, un régimen de percepción del impuesto al valor agregado que se aplicará a las operaciones de ventas de carnes y subproductos comestibles derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas que se realicen a sujetos que no puedan acreditar su situación de responsables inscriptos, exentos, no alcanzados o monitributistas.


Los agentes de percepción serán los responsables inscriptos en el impuesto y la percepción se determinará aplicando sobre el precio neto de la operación la alícuota del 2% y en caso que los sujetos percibidos se inscriban como responsables inscriptos podrán computar la percepción sufrida como gravamen ingresado.


RG (AFIP) 4589 – BO: 30/9/2019: Se modifica la entrada en vigencia de las condiciones para la emisión de notas de crédito y débito.

La RG (AFIP) 4540 publicada en el boletín oficial del 1/8/2019 estableció condiciones para la emisión de notas de crédito y débito, determinando que solo los sujetos que emitieron los comprobantes por las operaciones originarias podrán emitir las notas de crédito y/o débito en concepto de descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etc., siempre que se encuentren relacionadas a una o más facturas o documentos equivalentes emitidos previamente con vigencia a partir del 1/10/2019. Pero, con la publicación de la RG (AFIP) 4589 se posterga dicha entrada en vigencia hasta el 1/2/2020.


RG (AFIP) 4590 – BO: 30/9/2019: Régimen de facilidades de pago permanente. Ahora se permite incluir deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios

Se permite la regularización, mediante el régimen de facilidades de pago permanente, de deudas por intereses resarcitorios, capitalizables y/o punitorios originados en obligaciones de capital, sean impositivas y/o previsionales, susceptibles de ser incluidas en dicho régimen que hubieran sido canceladas, así como intereses correspondientes a retenciones y percepciones impositivas, anticipos y pagos a cuenta.


RG (AFIP) 4591 – BO: 30/9/2019: IVA. Programa aplicativo “I.V.A. – Versión 5.4”

La AFIP aprueba a partir del 1/10/2019, el programa aplicativo “I.V.A. – Versión 5.4” que deben utilizar los contribuyentes y/o responsables del impuesto para cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del tributo, dejando sin efecto la versión 5.3 del citado aplicativo.


RG (AFIP) 4592 – BO: 30/9/2019: Controladores de nueva tecnología. Posibilidad de una implementación gradual para determinados contribuyentes

Se establece que los contribuyentes que desarrollen como actividad principal la “Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos” y/o “Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza”, registren en el último año comercial cerrado operaciones por un monto mayor o igual a $50.000.000 y superen los 100 equipos activos a renovar por Controladores fiscales de nueva tecnología y/o reemplazarlos por la emisión de comprobantes electrónicos originales, podrán presentar un plan de implementación gradual de hasta 4 meses como máximo contados desde el 1/9/2019 quedando obligados a cumplir con las nuevas fechas. La presentación de dicho plan deberá realizarse a través de la presentación de una multinota en la dependencia en la cual se encuentren inscriptos en la que deberá expresarse el motivo de la necesidad del plan de implementación.


RG (AFIP) 4593 – BO: 30/9/2019: Procedimiento y condiciones para la cancelación de obligaciones de la seguridad social con títulos de deuda reperfilados

La AFIP establece el procedimiento y las condiciones que deberán cumplir los empleadores para la cancelación de las obligaciones de la seguridad social con títulos de deuda pública reperfilados. A tal efecto los tenedores de los títulos deberán gestionar la transferencia de los mismos mediante la Caja de Valores para tener luego el crédito correspondiente y aplicarlo a la cancelación de los aportes y contribuciones vencidos y exigibles al 31/7/2019.


RG (AFIP) 4594 – BO: 30/9/2019: Se prorroga la vigencia de una nómina de agentes de retención de IVA

Mediante la RG (AFIP) 4569 se estableció el alta de determinados agentes de retención del impuesto al valor agregado a partir del 1/10/2019. A través de la RG (AFIP) 4594 se prorroga dicha alta de agentes hasta el 1/11/2019.


RG (AFIP) 4595 – BO: 30/9/2019: SIRE. Prórrogas y “Certificado Global”

Por medio de la RG (AFIP) 4523 se estableció el uso obligatorio del SIRE para los agentes de retención y/o percepción del impuesto al valor agregado a partir del 1/10/2019. A través de la RG (AFIP) 4595 se prorroga el uso obligatorio del mismo hasta el 1/12/2019.

También se habilita la posibilidad de generar un “Certificado Global” por las percepciones del impuesto correspondientes a un mismo régimen, sujeto y período fiscal y se prevé que las percepciones practicadas entre los meses de diciembre de 2019 y mayo de 2020 sean ingresadas de manera mensual en lugar de quincenal como se venia realizando hasta este momento.


La norma aclara que en el caso de servicios digitales prestados por sujetos residentes o domiciliados en el exterior, la información y el ingreso de las percepciones del impuesto deberán realizarse conforme las disposiciones de la RG (AFIP) 4240 de Servicios Digitales.


R. (INAES) 1863/2019 – BO: 30/9/2019: Presentación de trámites a través de la plataforma TAD

El INAES establece que se implementa el sistema de trámites a distancia (TAD) para la presentación de determinadas declaraciones juradas de licitud y origen de fondos exigidas a las mutuales y cooperativas así como también para los integrantes de los órganos de administración y fiscalización sobre su condición de persona expuesta políticamente.


Tasas de interés trimestral. La AFIP publica las tasas de interés aplicable al trimestre Octubre-Noviembre-Diciembre 2019

La AFIP publica en su página web las tasas de interés aplicable al último trimestre del año 2019 (desde el 1/10/2019 hasta el 31/12/2019), según lo estipulado por la R. (MH) 598/2019.


Comunidad profesional. FACPCE. Nuevas autoridades 2019-2021

La FACPCE eligió a las nuevas autoridades para el período 2019-2021 en la reunión de Asamblea llevada a cabo el vieres 27/9/2019.

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