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NEWSLETTER - 19/3/2021


En el Newsletter de hoy, te mostramos de manera diferente las novedades, dado que las de mayor relevancia son las que se encuentran en tratamiento en el Congreso Nacional:


Ganancias. Trabajadores en relación de dependencia. El proyecto de cambios en el impuesto a las ganancias para trabajadores en relación de dependencia recibió dictamen de comisión y se aprobaría el martes próximo en el recinto.

Monotributo. Obtuvo dictamen el proyecto que facilita la transición entre régimen de monotributo y el general y será tratado la semana próxima en sesión


Tribunal Fiscal de la Nación. Resolución (TFN) 13/2021: BO: 18/3/2021: Levantamiento parcial de la Feria Extraordinaria en expedientes que tramitan bajo el soporte papel

El Tribunal Fiscal de la Nación establece el levantamiento parcial de la Feria Extraordinaria en expedientes que tramitan bajo el soporte papel cuando consideren que las particulares situaciones de cada Vocalía y Sala lo permiten y considerando las restricciones propias de la situación de emergencia sanitaria nacional.


Convenio Multilateral. Disposición (Comisión Arbitral Convenio Multilateral) 2/2021: BO: 19/3/2021: Anticipo Febrero 2021 con vencimiento 16/3 se tiene presentado en término hasta el día 17/3.

Como consecuencia de haberse verificado inconvenientes técnicos en el uso del sistema SIFERE WEB durante el día 16/3/2021, se tienen por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y el pago correspondiente al anticipo “Febrero 2021” del impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral aquellas realizadas hasta el 17/3/2021, cuyo vencimiento original hubiese operado el día 16/3/2021.


Repro II

Resolución General Conjunta (Min. Turismo y Deportes – Min. Des. Prod. Y Min. Trabajo Empleo y SS) 1/2021: BO: 17/3/2021: Suma dineraria adicional para la actividad turística


Se establece un procedimiento para reforzar la suma dineraria que representa el Programa REPRO II, mediante una asignación complementaria a los trabajadores cuyos empleadores sean beneficiarios del Programa Repro II cuya actividad principal se encuentre relacionada con la actividad turística.


Esta suma adicional presenta las siguientes características:

  • Es complementaria: se abonará la suma adicional a los trabajadores que presten servicio a empleadores incluidos en el Programa Repro II en el mismo mes que se solicita el beneficio.

  • La misma es a cuenta del pago de las remuneraciones correspondientes.

  • El monto consiste en una suma mensual de $4000 por cada relación laboral activa del empleadores alcanzado por el “Repro II”.

  • Duración: será mensual por el tiempo que los Ministerios involucrados lo determinen.


Resolución (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 141/2021: BO: 18/3/2021: Plazo para la inscripción para salarios devengados en el mes de marzo de 2021

Se establece el plazo para la inscripción al Programa Repro II, para salarios devengados en el mes de marzo de 2021, a través del servicio web del Programa en la página web de a AFIP, como así también las las pautas a considerar respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio.


A tal efecto se establece el plazo para efectuar la solicitud entre el 22/3/2021 y el 27/3/2021.


Régimen de Información de Grandes Empresas. Resolución (Secretaría de Comercio Interior) 237/2021: BO: 17/3/2021: Régimen de información de precios y ventas

Se crea el “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE) a través del cual todas las grandes empresas de los Sectores de Comercio y de la Industria deberán informar mensualmente los precios vigentes y las cantidades vendidas de todos sus bienes finales o intermedios mientras dure la emergencia pública declarada por medio de la ley 27541.


Se entiende por “ventas totales en el mercado interno” al valor de las ventas realizadas con destino en el Territorio Nacional, excluidos el IVA y el Impuesto Interno que corresponda.


La información se deberá suministrar los primeros 10 días corridos de cada mes calendario.


Disposición (Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno) 4/2021: BO: 19/3/2021: Se aprueba el procedimiento para el suministro de información

Se aprueba el procedimiento y los rubros de actividades alcanzados para el suministro de información por medio de las grandes empresas a través del “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE).


También se establece que a primera presentación deberá realizarse dentro del período comprendido entre el 1/4/2021 y el 10/4/2021.


Autónomos

Nuevos valores a partir del mes de Marzo 2021


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Ganancias Sociedades


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