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Regularización de deudas impositivas en CABA y condonación de determinados gravámenes

En el día de ayer, 5/9/2019, se aprobó en la Legislatura porteña el proyecto enviado por el Jefe de gobierno para condonar obligaciones tributarias de pequeños contribuyentes e instaurar un plan de facilidades de pago con quita de intereses para las pymes, personas humanas y grandes contribuyentes de los tributos que recauda la AGIP. Esto se da como una manera de continuar con las medidas económicas tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional.


Las condonaciones se aprobaron respecto de gravámenes que inciden sobre el abasto y aquellos por ocupación y/o uso de la vía pública con Calesitas o Carruseles, Quioscos de venta de flores, contenedores, mesas y sillas, toldos y/o parasoles de uso comercial y Plataformas de esparcimiento. También se exime del impuesto de sellos hasta el 31/12/2019 la compraventa de automóviles 0km o sin uso cuando tengan un valor inferior o igual a $750.000.


El plan de facilidades aprobado y que aun la AGIP debe reglamentar, es para las PyMEs, personas humanas y también para los grandes contribuyentes. Para cada uno de ellos se estipularon distintas condiciones, pero las más beneficiosas son para las pymes y personas humanas.


Así las cosas, podrán regularizar sus deudas vencidas al 31/7/2019 inclusive o las infracciones cometidas a dicha fecha, hasta el 31/12/2019, los contribuyentes y/o responsables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las siguientes distinciones:


PyMES:
  • Plan de hasta 120 cuotas

  • Condonación total de los intereses resarcitorios y punitorios

  • Condonación de multas formales y/o materiales cometidas hasta el 31/7/2019 que no se hubieran abonado y que no se encuentren firmes

  • Se difiere 90 días el vencimiento de la primera cuota del plan


Grandes Contribuyentes (alcanzados por el Sistema de Verificación Continua de Grandes Contribuyentes):
  • Podrán cancelar sus deudas hasta 60 cuotas sin adelanto

  • Podrán cancelar sus deudas hasta 90 cuotas con un adelanto del 10% del impuesto a regularizar

Agentes de Recaudación:
  • Aquellos que retuvieron o percibieron impuesto y no lo hubieran ingresado, quedan liberados de recargos, multas y cualquier otra sanción, siempre que cancelen el importe no ingresado, multas firmes e intereses no condonados a través del plan de pagos.

  • Podrán cancelar sus deudas hasta 36 cuotas

Planes de facilidades de pago vigentes:
  • Se podrán refinanciar los planes de pago que se encuentren vigentes

  • Cuando por los planes vigentes se hayan condonado intereses resarcitorios y/o punitorios y/o sanciones formales y/o materiales, la refinanciación se hará en hasta 90 cuotas con un adelanto del 10% como en el caso de los grandes contribuyentes.

En todos los casos la tasa de interés de financiación será escalonada dependiendo de la cantidad de cuotas del plan.

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